Licencia al consejo de Barbastro de elegir seis jurados cada año, dos de cada mano. Mandato al justicia y demás de Barbastro para que obliguen a sus vecinos a la paga de lo que les debían por razón de tasas a causa del sitio de Montesa.
Fecha12-08-1281
ArchivoArchivo de la Corona de Aragón
SecciónCancillería
Signatura ACA,Cancillería,registros,nº50,fol.148v